¿Cuál es la sanción por no presentar la declaración de la Renta?

6 de agosto de 2025

Presentar la declaración de la Renta (IRPF) es obligatorio para muchos contribuyentes en España. Sin embargo, no todos están conscientes de las consecuencias que supone no hacerlo o hacerlo fuera de plazo. Desde recargos progresivos hasta sanciones de elevado importe, las implicaciones legales y económicas pueden ser serias.

¿Qué pasa si no presento la declaración de la Renta?

Si estás obligado a declarar —por ejemplo, si tienes ingresos superiores a 22 000 € de un solo pagador o cumples otras condiciones según la normativa fiscal— y no presentas la declaración, Hacienda podría identificar la omisión mediante cruces de información, y:

  • Emitir un requerimiento formal, tras el cual iniciar un procedimiento sancionador.
  • Aplicarte sanciones económicas según el resultado de la declaración (a pagar o a devolver), y si presentas voluntariamente o tras requerimiento.

Si la declaración resulta a devolver o cero:

  • Presentándola voluntariamente sin requerimiento, la penalización sería de 100 €, que puede reducirse si se paga en periodo voluntario (a unos 60 €).
  • Si Hacienda te exige presentarla, la sanción asciende a 200 €.

Si la declaración resulta a pagar:

  • Si presentas fuera de plazo sin requerimiento, se aplican recargos proporcionales: 1 % mes a mes hasta 12 meses (máximo 15 %) más intereses de demora si supera el año.
  • Si es Hacienda la que te requiere, la sanción puede oscilar entre el 50 % y el 150 % del importe a pagar, dependiendo de si existe perjuicio económico o reiteración de infracciones 
no presentar la renta

¿Cuánto puede ser la multa por no hacer la declaración de la Renta?

Declaración a devolver o cero

  • Presentación voluntaria fuera de plazo: sanción de 100 €, reducible si se paga voluntariamente.
  • Si Hacienda requiere la presentación, la multa asciende a 200 €.

Declaración a pagar (sin requerimiento previo)

  • Recargos automáticos: 1 % por cada mes completo de retraso. Si pasas de 12 meses, aplicas un recargo fijo del 15 %, además de intereses de demora .

Ejemplo:

Si debes 3.000 € y presentas fuera de plazo tras 5 meses: recargo del 5 % → 150 €, más intereses.

Declaración a pagar (tras requerimiento)

  • Multa entre 50 % y 150 % del importe adeudado. Si se acepta la sanción («conformidad»), puede aplicarse una reducción del 30 %; si además se paga en el periodo voluntario, hasta un 40 % de rebaja adicional.

Por ejemplo, si debes 4.000 €:

  • Sanción aplicable: entre 2.000 € y 6.000 €. Con reducciones, podrías abonar entre 1.200 € y 2.400 €.

Diferencias entre sanciones y recargos tributarios

Recargos tributarios

Son incrementos automáticos aplicados sin requerimiento previo, cuando la declaración sale a pagar y se presenta fuera de plazo:

  • 1 % por cada mes completo de retraso hasta 12 meses (máximo 15 %).
  • Si se supera el año, recargo fijo del 15 % + intereses de demora.
  • No se trata de sanciones, sino compensaciones de tipo administrativo por demora.

Sanciones tributarias

Se aplican cuando Hacienda detecta omisión tras requerimiento, y pueden llegar hasta el 150 % de la deuda declarada:

  • Se consideran infracción tributaria según la Ley General Tributaria.
  • Incluyen opción de reducción del 30 % por conformidad y 40 % por pronto pago facultativo.
  • La sanción puede ser más grave si hay daño económico a Hacienda o infracciones reiteradas.

En resumen: recargos = retraso voluntario sin impacto económico inmediato, sanciones = incumplimiento detectado y evaluado con perjuicio económico potencial.

Cómo presentar la declaración de la Renta fuera de plazo

Presentación voluntaria

  • Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (Renta Web).
  • Presenta tu declaración aunque sea fuera de plazo, indicando si sale a pagar o devolver.
  • Si sale a pagar, se aplicarán recargos progresivos según el tiempo de retraso.

Si hay requerimiento de Hacienda

  • Responde lo antes posible presentando la declaración y efectuando el pago.
  • Puedes invocar la reducción por conformidad (30 %) o por pronto pago (40 %) si cumples criterios legales.

Plazos y prescripción

  • Hacienda puede reclamar obligaciones fiscales dentro de un plazo de hasta cuatro años desde el fin del plazo legal.
  • Antes de ese plazo, es recomendable regularizar cuanto antes para evitar sanciones mayores.

Recomendaciones prácticas

  • No esperes a ser requerido: presentar voluntariamente reduce recargos y evita sanciones más graves.
  • Contrata asesoría profesional si tienes dudas sobre ingresos, límites de obligación o bases imponibles complejas.
  • Si crees que no estabas obligado a declarar, verifica los límites legales (por ejemplo, ingresos de hasta 22 000 €, pluralidad de pagadores, etc.)

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Escrito por...
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