Presentar la declaración de la Renta (IRPF) es obligatorio para muchos contribuyentes en España. Sin embargo, no todos están conscientes de las consecuencias que supone no hacerlo o hacerlo fuera de plazo. Desde recargos progresivos hasta sanciones de elevado importe, las implicaciones legales y económicas pueden ser serias.
¿Qué pasa si no presento la declaración de la Renta?
Si estás obligado a declarar —por ejemplo, si tienes ingresos superiores a 22 000 € de un solo pagador o cumples otras condiciones según la normativa fiscal— y no presentas la declaración, Hacienda podría identificar la omisión mediante cruces de información, y:
- Emitir un requerimiento formal, tras el cual iniciar un procedimiento sancionador.
- Aplicarte sanciones económicas según el resultado de la declaración (a pagar o a devolver), y si presentas voluntariamente o tras requerimiento.
Si la declaración resulta a devolver o cero:
- Presentándola voluntariamente sin requerimiento, la penalización sería de 100 €, que puede reducirse si se paga en periodo voluntario (a unos 60 €).
- Si Hacienda te exige presentarla, la sanción asciende a 200 €.
Si la declaración resulta a pagar:
- Si presentas fuera de plazo sin requerimiento, se aplican recargos proporcionales: 1 % mes a mes hasta 12 meses (máximo 15 %) más intereses de demora si supera el año.
- Si es Hacienda la que te requiere, la sanción puede oscilar entre el 50 % y el 150 % del importe a pagar, dependiendo de si existe perjuicio económico o reiteración de infracciones
¿Cuánto puede ser la multa por no hacer la declaración de la Renta?
Declaración a devolver o cero
- Presentación voluntaria fuera de plazo: sanción de 100 €, reducible si se paga voluntariamente.
- Si Hacienda requiere la presentación, la multa asciende a 200 €.
Declaración a pagar (sin requerimiento previo)
- Recargos automáticos: 1 % por cada mes completo de retraso. Si pasas de 12 meses, aplicas un recargo fijo del 15 %, además de intereses de demora .
Ejemplo:
Si debes 3.000 € y presentas fuera de plazo tras 5 meses: recargo del 5 % → 150 €, más intereses.
Declaración a pagar (tras requerimiento)
- Multa entre 50 % y 150 % del importe adeudado. Si se acepta la sanción («conformidad»), puede aplicarse una reducción del 30 %; si además se paga en el periodo voluntario, hasta un 40 % de rebaja adicional.
Por ejemplo, si debes 4.000 €:
- Sanción aplicable: entre 2.000 € y 6.000 €. Con reducciones, podrías abonar entre 1.200 € y 2.400 €.
Diferencias entre sanciones y recargos tributarios
Recargos tributarios
Son incrementos automáticos aplicados sin requerimiento previo, cuando la declaración sale a pagar y se presenta fuera de plazo:
- 1 % por cada mes completo de retraso hasta 12 meses (máximo 15 %).
- Si se supera el año, recargo fijo del 15 % + intereses de demora.
- No se trata de sanciones, sino compensaciones de tipo administrativo por demora.
Sanciones tributarias
Se aplican cuando Hacienda detecta omisión tras requerimiento, y pueden llegar hasta el 150 % de la deuda declarada:
- Se consideran infracción tributaria según la Ley General Tributaria.
- Incluyen opción de reducción del 30 % por conformidad y 40 % por pronto pago facultativo.
- La sanción puede ser más grave si hay daño económico a Hacienda o infracciones reiteradas.
En resumen: recargos = retraso voluntario sin impacto económico inmediato, sanciones = incumplimiento detectado y evaluado con perjuicio económico potencial.
Cómo presentar la declaración de la Renta fuera de plazo
Presentación voluntaria
- Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (Renta Web).
- Presenta tu declaración aunque sea fuera de plazo, indicando si sale a pagar o devolver.
- Si sale a pagar, se aplicarán recargos progresivos según el tiempo de retraso.
Si hay requerimiento de Hacienda
- Responde lo antes posible presentando la declaración y efectuando el pago.
- Puedes invocar la reducción por conformidad (30 %) o por pronto pago (40 %) si cumples criterios legales.
Plazos y prescripción
- Hacienda puede reclamar obligaciones fiscales dentro de un plazo de hasta cuatro años desde el fin del plazo legal.
- Antes de ese plazo, es recomendable regularizar cuanto antes para evitar sanciones mayores.
Recomendaciones prácticas
- No esperes a ser requerido: presentar voluntariamente reduce recargos y evita sanciones más graves.
- Contrata asesoría profesional si tienes dudas sobre ingresos, límites de obligación o bases imponibles complejas.
- Si crees que no estabas obligado a declarar, verifica los límites legales (por ejemplo, ingresos de hasta 22 000 €, pluralidad de pagadores, etc.)