En este artículo descubrirás cuándo una obra se considera rehabilitación, qué es el Plan Rehabilita (con ejemplos como Madrid), las novedades en ayudas para 2025, deducciones fiscales vigentes, subvenciones específicas para edificios y mejoras energéticas, requisitos y cómo solicitar paso a paso.
¿Cuándo se considera rehabilitación de vivienda?
La rehabilitación de vivienda engloba intervenciones destinadas a conservarla, modernizarla o adaptarla. No se trata simplemente de una reforma estética, sino obras que afectan a:
- La estructura: refuerzo de cimentaciones, reparación de cubiertas o fachadas.
- La envolvente térmica: mejora del aislamiento, ventanas, envolvente.
- Las instalaciones: electricidad, fontanería, climatización.
- Accesibilidad y eliminación de barreras: ascensores, rampas, adaptación a personas con movilidad reducida.
¿Qué es el Plan Rehabilita?
El Plan Rehabilita es una iniciativa local, como el Plan Rehabilita Madrid 2025, que subvenciona actuaciones para mejorar edificios y casas dentro del municipio. Incluye líneas de ayuda para accesibilidad, conservación, eficiencia energética, salubridad y seguridad.
- Entre el 4 de junio y el 31 de julio, y del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2025 se pueden presentar solicitudes.
- Las ayudas cubren entre el 40 % y el 90 % del coste de las obras, con importes máximos de hasta 10.000 € por vivienda.
- Requisitos:
- Edificios anteriores a 1998.
- Debe haber un Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
- Actuaciones que logren al menos un 35 % reducción de demanda energética y 30 % en energía primaria no renovable, en zonas urbanas específicas (ZIRE/ZETU).
Novedades en 2025 sobre las ayudas a la rehabilitación
En 2025, las ayudas cuentan con algunas novedades destacadas:
- Avance del Plan Estatal de Vivienda 2026, que incluye un nuevo plan de rehabilitación de viviendas vacías y desgravaciones fiscales específicas para proyectos destinados al alquiler asequible.
- Prioridad para edificios con calificación energética F y G.
- Inclusión de comunidades energéticas como entes solicitantes y gestión anticipada del cobro de subvenciones.
Además, se fortalece el uso de fondos europeos NextGeneration para rehabilitación con coberturas del 40 % al 80 % del coste, o incluso 100 % en situaciones de vulnerabilidad.
Deducciones fiscales por rehabilitación de vivienda 2025
La normativa fiscal permite deducciones en el IRPF por obras de mejora energética o accesibilidad:
- Deducción del 20 % si se reduce al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración.
- 40 % si se reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o se alcanza clase energética A o B.
- 60 % para rehabilitación de edificios (comunidades) que logren esa mejora energética, válida hasta el 31 de diciembre de 2025.
Base anual máxima deducible: 5.000 €, acumulables hasta 15.000 €. Certificados energéticos pre y post obra son obligatorios.
Además, existen deducciones autonómicas y por accesibilidad (instalación de ascensor, adaptaciones para discapacidad) con límites superiores (hasta 12.080 € base y deducción del 10 % estatal más autonómica, o 15 % en algunas regiones).
Ayuda a las actuaciones de rehabilitación de edificios
Además del Plan Rehabilita, diversas administraciones ofrecen ayudas específicas:
- En Madrid, subvenciones para vivienda unifamiliar (12.500 €), edificios colectivos (9.000 € por vivienda o 90 €/m²), con posibilidad de +3.000 € en inmuebles protegidos.
- A menudo cubren hasta el 60 % del coste, con requisitos similares a los Plan Rehabilita: antigüedad, IEE, domicilio habitual, plazos de ejecución de 12‐24 meses.
Ayudas a la mejora de la eficiencia energética en 2025
Estas ayudas incluyen proyectos de rehabilitación energética integrales:
- Fondos NextGenerationEU y PRTR: cobertura entre 40 % y 80 % del coste si se logra la mejora energética exigida.
- Programas estatales para renovación de edificios residenciales que cumplan objetivos de eficiencia y reducción energética mínima del 30 %.
- En ciudades como Madrid, las ayudas del Plan Rehabilita también exigen una mejora conjunta en envolvente y renovables.
Ayuda para la rehabilitación y redacción de proyectos
Muchas convocatorias incluyen asistencia técnica para financiar la redacción de proyectos, dirección de obra, licencias, informes y certificaciones. En planes regionales o estatales esta partida representa entre un 5 y un 15 % del presupuesto subvencionable.
Esto incluye también la redacción del Informe de Evaluación del Edificio (IEE), obligatorio para solicitar subvenciones en edificios anteriores a 2006, y el certificado de eficiencia energética.
Requisitos para solicitar las ayudas para reformas de viviendas
Requisitos comunes en la mayoría de ayudas:
- Vivienda construida antes de cierta fecha (p.ej. 1998).
- Informe de Evaluación del Edificio (IEE) previo a solicitud.
- Actuaciones concretas: mejora energética, accesibilidad, conservación.
- Cumplimiento de plazos: obras iniciadas después de 2022 o terminadas antes de final de 2025, ejecución en máximo 12‑24 meses.
- Presupuesto mínimo:
- viviendas unifamiliares: > 3.000 €
- edificios colectivos: > 6.000 €
- Gestiones administrativas: licencia de obra, proyectos técnicos, certificados energéticos y estructura societaria en caso de comunidades energéticas.
¿Cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas?
Procedimiento estándar:
- Infórmate sobre convocatorias vigentes: estatales, autonómicas o municipales (ej. Plan Rehabilita Madrid en su sede electrónica).
- Prepara la documentación: IEE, certificado energético, proyecto técnico.
- Comprueba que la obra cumpla los requisitos y presupuesto mínimo.
- Presenta tu solicitud dentro del plazo (ej. junio‑julio u octubre‑diciembre). Puede ser online con firma digital o presencial según normativa.
- Una vez aprobada, en algunos programas se abona la subvención anticipadamente tras la licencia de obra (caso Madrid), sin necesidad de adelantar todo el coste.
- Ejecuta las obras dentro del plazo legal.
- Justifica gastos y certifica las mejoras energéticas tras finalizar.
- Si corresponde, solicita la deducción fiscal en IRPF hasta el 60 % de la inversión, teniendo certificados energéticos válidos.