El desempleo es una situación que preocupa a miles de personas en España cada año. Y con ella viene la gran incógnita, quién tiene derecho a cobrar el paro en cada momento y en función a qué circunstancias. Hoy repasaremos las condiciones que se deben cumplir, cuánto se cobra y durante cuánto tiempo. También repasaremos las novedades más recientes que afectan a las prestaciones por desempleo y las situaciones más comunes en las que surgen preguntas, como si se puede cobrar el paro tras un despido voluntario o tras trabajar menos de un año. ¡Quédate a descubrirlo!
¿En qué situaciones tienes derecho a cobrar el paro?
El derecho a paro contributivo se activa cuando una persona se queda en situación de desempleo legal. Eso significa que no basta con quedarse sin trabajo: debe tratarse de una pérdida involuntaria del empleo y cumplir ciertos requisitos.
Algunas situaciones en las que se tiene derecho a paro:
- Despido objetivo o disciplinario.
- Fin de contrato temporal.
- No superación del período de prueba por decisión de la empresa.
- ERTE de suspensión o reducción de jornada.
- Cese involuntario de actividad en el caso de los autónomos (prestación por cese de actividad).

Requisitos para cobrar el paro contributivo
Estar en situación legal de desempleo
El trabajador debe haber perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad (despido, fin de contrato, etc.).
Periodo mínimo de cotización
Se deben haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años para acceder a la prestación contributiva.
Estar inscrito como demandante de empleo
Es obligatorio apuntarse al paro en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Firmar el compromiso de actividad
El beneficiario debe comprometerse a buscar empleo de manera activa y aceptar ofertas adecuadas.
No haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria
La prestación contributiva está pensada para personas en edad laboral.
¿Cuánto tiempo hay que trabajar para cobrar el paro?
El tiempo que se puede cobrar el paro depende directamente de los días cotizados.
Cotización mínima
Con 360 días trabajados se obtiene derecho a 120 días (4 meses) de paro.
Escala de cotización y prestación
- 360 a 539 días cotizados → 120 días de paro.
- 540 a 719 días cotizados → 180 días de paro.
- 720 a 899 días cotizados → 240 días de paro.
- 900 a 1.079 días cotizados → 300 días de paro.
- 1.080 a 1.259 días cotizados → 360 días de paro.
- Y así hasta un máximo de 720 días de paro (2 años), con más de 6 años cotizados.
¿Puedo cobrar el paro si he trabajado menos de un año?
Sí, aunque en ese caso no se accede al paro contributivo, sino al subsidio por desempleo.
- Si has trabajado entre 90 y 359 días, no podrás cobrar la prestación contributiva, pero sí solicitar un subsidio asistencial, siempre que tengas responsabilidades familiares o cumplas ciertos requisitos de renta.
- Este subsidio suele tener una cuantía fija, en 2025 en torno a 480 € mensuales, y una duración determinada según las cotizaciones acumuladas.
Novedades importantes en 2025
El sistema de prestaciones por desempleo en España ha sufrido algunas modificaciones en los últimos años para adaptarse al mercado laboral y a la inflación.
Incremento en la cuantía mínima y máxima
En 2025, la cuantía mínima del paro contributivo se ha actualizado:
- Con hijos a cargo: unos 980 € mensuales.
- Sin hijos a cargo: alrededor de 800 € mensuales.
El máximo puede superar los 1.600 € en función de la base de cotización.
Compatibilidad con trabajos a tiempo parcial
Se ha reforzado la posibilidad de compatibilizar paro con un contrato parcial, siempre que se cumplan las condiciones del SEPE.
Cambios en el subsidio asistencial
El subsidio para mayores de 52 años se mantiene como uno de los más relevantes, cotizando además para la jubilación.
¿Tengo derecho a paro si dejo un trabajo voluntariamente?
No. La baja voluntaria no da derecho a cobrar el paro contributivo, porque no se considera situación legal de desempleo.
La única excepción es cuando el trabajador dimite por causas justificadas, como:
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin aceptación.
- Traslado forzoso a otra ciudad sin posibilidad de conciliación.
- Incumplimientos graves del empresario.
En esos casos excepcionales, tras la resolución judicial o administrativa, sí podría reconocerse el derecho al paro.o.
¿Cuándo tengo que solicitar el paro tras un despido?
El plazo es de 15 días hábiles desde el despido, fin de contrato o situación de desempleo.
El procedimiento es el siguiente:
- Apuntarse al paro en el servicio autonómico de empleo.
- Solicitar la prestación en el SEPE dentro del plazo.
- Aportar la documentación: DNI o NIE, certificado de empresa, número de cuenta bancaria, libro de familia (si corresponde).
Si se pasa el plazo, no se pierde el derecho, pero sí se dejan de percibir los días previos a la solicitud.
¿Durante cuánto tiempo cobraré el paro?
La duración depende de las cotizaciones acumuladas, como explicamos antes.
En resumen:
- Mínimo: 4 meses (con 360 días cotizados).
- Máximo: 24 meses (con más de 6 años cotizados).
La prestación se cobra mensualmente y se ingresa en la cuenta bancaria facilitada.
Preguntas frecuentes
1. ¿Puedo cobrar el paro si soy autónomo?
Sí, pero no se llama “paro” sino prestación por cese de actividad. Se necesitan al menos 12 meses cotizados por cese y demostrar que el negocio no es viable.
2. ¿Qué pasa si me contratan mientras estoy cobrando el paro?
La prestación se suspende o se compatibiliza (si el contrato es parcial), y puede reanudarse cuando acabe el contrato.
3. ¿Se puede cobrar el paro estando en el extranjero?
En general no, salvo que sea para una búsqueda de empleo regulada en la UE. Si se viaja sin avisar, se puede perder la prestación.
4. ¿El paro tributa en la declaración de la renta?
Sí, el paro se considera rendimiento del trabajo y tributa como un salario.
5. ¿Qué ocurre si agoto el paro contributivo?
Se puede solicitar un subsidio por desempleo (si se cumplen los requisitos de renta y cargas familiares) o la ayuda extraordinaria.