Subsidio para emigrantes retornados: requisitos, cuantía y cómo solicitarlo

23 de octubre de 2026

Volver a España después de haber trabajado durante un tiempo en el extranjero puede implicar empezar de nuevo a buscar empleo. Para determinadas personas españolas que regresan de ciertos países existe una protección específica: el subsidio para emigrantes retornados.

No se concede automáticamente por haber vivido fuera de España. Para acceder a él es necesario haber trabajado en el extranjero durante un periodo mínimo, regresar para establecer de nuevo la residencia permanente en España, no tener derecho a la prestación contributiva por desempleo y cumplir, entre otros requisitos, un límite de rentas.

Además, desde la reforma de los subsidios por desempleo existen reglas nuevas sobre los plazos de solicitud, la duración y la cuantía. Por eso es importante utilizar información actualizada y no guiarse por requisitos que estuvieron vigentes hace años.

¿Qué es el subsidio para emigrantes retornados?

Es una prestación asistencial por desempleo dirigida a determinadas personas de nacionalidad española que regresan a España después de haber trabajado en el extranjero.

Su finalidad es ofrecer protección económica durante la búsqueda de empleo a quienes cumplen los requisitos establecidos y no tienen derecho a cobrar una prestación contributiva por desempleo en España.

No todos los españoles que vuelven después de vivir en otro país pueden solicitarlo. Es necesario acreditar tanto la condición de emigrante retornado como un periodo mínimo de trabajo en determinados países.

¿Quién se considera emigrante retornado para solicitar este subsidio?

Para acceder a esta ayuda hay que ser español o española y regresar a España con la intención de fijar aquí la residencia de forma permanente.

Además, esa condición debe acreditarse mediante el Certificado de Emigrante Retornado, expedido por el Área o Dependencia de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente al domicilio en el que se haya fijado la residencia.

En este certificado constan datos importantes para determinar si existe derecho al subsidio, como la fecha de la última salida de España, la fecha del retorno, el tiempo trabajado en el extranjero como español y, cuando corresponda, los periodos de ocupación cotizados.

También debe acreditar que no se ha obtenido una prestación por desempleo en el país en el que se ha trabajado.

Por tanto, haber residido fuera de España sin haber trabajado allí no es suficiente para acceder al subsidio.

¿Desde qué países se puede regresar para tener derecho?

El subsidio está destinado a personas que han trabajado en determinados países extranjeros.

Entre los requisitos establecidos por el SEPE se encuentra haber retornado de países que no pertenecen al Espacio Económico Europeo o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo, de acuerdo con las condiciones aplicables en cada caso.

Esta distinción es importante porque existen mecanismos diferentes para las personas que han trabajado en países de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o en Estados con los que España tiene determinados acuerdos de protección por desempleo.

Por eso, antes de solicitar el subsidio conviene comprobar cuál es el tratamiento concreto del país en el que se ha trabajado.

¿Cuánto tiempo hay que haber trabajado en el extranjero?

Con carácter general, hay que acreditar al menos 12 meses de trabajo durante los seis años anteriores al retorno, contados desde la última salida de España.

El trabajo debe haberse realizado en los países incluidos dentro del ámbito previsto para este subsidio.

En el caso de hijos o nietos de emigrantes españoles que vayan a fijar por primera vez su residencia permanente en España, existen reglas específicas relacionadas con la fecha en la que adquirieron la nacionalidad española y el periodo trabajado como españoles.

Por tanto, el simple hecho de haber estado dado de alta durante unas semanas o unos meses en otro país no permite acceder a esta ayuda si no se alcanza el periodo exigido.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Además del trabajo realizado en el extranjero, el SEPE exige cumplir varias condiciones.

Es necesario regresar a España para fijar aquí la residencia permanente y acreditar la condición de emigrante retornado mediante el certificado correspondiente. También hay que encontrarse en situación de desempleo, estar inscrito como demandante de empleo y haber suscrito el acuerdo de actividad.

La persona solicitante no puede haber obtenido una prestación por desempleo en el país en el que trabajó ni tener derecho en España a la prestación contributiva por desempleo.

También debe cumplir el requisito de carencia de rentas propias y acreditar el periodo mínimo de trabajo en el extranjero.

A diferencia de otros subsidios, para acceder al subsidio de emigrantes retornados no es necesario tener responsabilidades familiares.

¿Cuál es el límite de ingresos?

Para recibir el subsidio hay que carecer de rentas propias superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, sin incluir la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.

En 2026, el Salario Mínimo Interprofesional mensual utilizado como referencia es de 1.221 euros, por lo que el límite de rentas para acceder al subsidio se sitúa en 915,75 euros mensuales.

Para comprobar este requisito se analizan las rentas propias obtenidas durante el mes natural anterior a la solicitud.

Además, al solicitar el alta inicial y las posteriores prórrogas hay que presentar una declaración responsable indicando las rentas e ingresos obtenidos en el mes anterior.

Este límite puede cambiar si se modifica el SMI, por lo que conviene comprobar la cifra vigente en el momento de realizar la solicitud.

¿Se tienen en cuenta los ingresos de toda la familia?

El requisito establecido para este subsidio se refiere a las rentas propias de la persona solicitante.

Por tanto, no es necesario acreditar responsabilidades familiares para acceder a esta ayuda y el requisito de rentas se comprueba sobre los ingresos propios en los términos establecidos por el SEPE.

Esto constituye una diferencia importante respecto de otros subsidios en los que la situación familiar puede influir en el acceso o en la duración.

¿Cuánto se cobra por el subsidio para emigrantes retornados?

Desde la reforma del sistema asistencial, la cuantía no permanece igual durante toda la prestación.

En 2026, con un IPREM mensual de 600 euros, las cantidades son:

Periodo de percepciónPorcentaje del IPREMCuantía mensual en 2026
Primeros 180 días95 %570 €
Del día 181 al 36090 %540 €
Desde el día 36180 %480 €

Estas cantidades corresponden a la regulación y al IPREM vigentes en 2026. Si el indicador cambia en ejercicios posteriores, también pueden cambiar las cuantías del subsidio.

¿Cuánto tiempo dura el subsidio?

La duración máxima del subsidio para emigrantes retornados es de 18 meses, siempre que durante ese periodo se sigan cumpliendo los requisitos.

Sin embargo, no se reconoce directamente por los 18 meses completos.

El subsidio se concede por periodos de tres meses que deben ir prorrogándose hasta alcanzar la duración máxima.

Al finalizar cada periodo trimestral hay que solicitar la prórroga y volver a acreditar que se mantienen los requisitos.

¿Hay que renovar el subsidio cada tres meses?

Sí.

Cada vez que finaliza un periodo de tres meses, debe presentarse una solicitud de prórroga acompañada de la documentación necesaria para comprobar que continúan cumpliéndose las condiciones.

El plazo general para solicitarla es de 15 días hábiles desde la finalización del periodo trimestral.

Entre la información que debe facilitarse se encuentra una declaración responsable de las rentas e ingresos obtenidos durante el mes natural anterior.

Si la solicitud se presenta dentro de ese plazo y se mantienen los requisitos, la prórroga produce efectos desde el día siguiente a la finalización del trimestre anterior.

¿Cuándo hay que solicitar el subsidio al volver a España?

La fecha que se toma como referencia es aquella en la que la persona retorna a España para fijar aquí su residencia permanente.

Actualmente, la solicitud puede presentarse dentro de los seis meses siguientes al retorno.

Si se solicita durante los primeros 15 días hábiles, el derecho nace desde el día siguiente a la fecha del regreso a España.

Si se presenta después de esos 15 días, pero antes de que transcurran seis meses, el subsidio comienza el día de la solicitud.

Una diferencia importante respecto a la regulación anterior es que ya no existe el antiguo mes de espera antes de poder solicitar este subsidio para quienes están sujetos a la normativa actual.

Si han transcurrido más de seis meses desde el retorno sin presentar la solicitud, esta será denegada, salvo determinados supuestos excepcionales previstos por el SEPE.

¿Dónde se solicita?

El subsidio se gestiona a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Puede solicitarse mediante la sede electrónica del organismo o presencialmente en una oficina de prestaciones con cita previa.

La normativa también permite presentar la solicitud a través de una oficina de registro público o mediante correo administrativo.

Antes de iniciar el trámite es necesario estar inscrito como demandante de empleo y disponer del certificado que acredite la condición de emigrante retornado.

¿Qué documentación hay que presentar?

Uno de los documentos fundamentales es el Certificado de Emigrante Retornado. Sin él no puede acreditarse la condición específica que da acceso a esta prestación.

También hay que presentar el modelo oficial de solicitud, que incluye la declaración responsable de las rentas e ingresos obtenidos durante el mes natural anterior.

El SEPE solicita además un documento de identificación en vigor y un documento bancario en el que aparezca el número de la cuenta en la que se quiere cobrar la prestación. La persona solicitante debe figurar como titular de esa cuenta.

Entre la documentación prevista figura también la declaración del IRPF correspondiente al último ejercicio fiscal y, si el SEPE lo requiere, justificantes adicionales de las rentas declaradas.

La documentación exacta puede depender de las circunstancias de cada solicitante, por lo que conviene comprobar qué se necesita antes de presentar la solicitud.

¿Qué ocurre si tienes derecho al paro contributivo?

El subsidio para emigrantes retornados está destinado a personas que no tienen derecho a una prestación contributiva por desempleo en España.

Por tanto, si las cotizaciones acumuladas permiten acceder a esa prestación, no corresponde utilizar este subsidio como alternativa.

Las cotizaciones por desempleo realizadas anteriormente en España pueden ser relevantes para determinar si existe derecho a la prestación contributiva.

Por esta razón, cuando una persona vuelve después de trabajar en el extranjero conviene comprobar primero qué protección por desempleo le corresponde según sus cotizaciones y el país desde el que regresa.

¿Qué pasa si trabajas después de regresar a España?

Empezar a trabajar después del retorno no implica exactamente las mismas consecuencias en todas las situaciones.

Desde el 1 de junio de 2025, cuando una persona beneficiaria del subsidio para emigrantes retornados inicia un trabajo por cuenta ajena a jornada completa o parcial, puede aplicarse el régimen del Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) en los términos establecidos por el SEPE.

También puede aplicarse este mecanismo cuando se accede al subsidio manteniendo uno o varios contratos a tiempo parcial y se cumplen los demás requisitos.

La compatibilidad se reconoce de oficio en los supuestos previstos.

Además, el SEPE contempla determinadas situaciones en las que una persona trabaja después de regresar y posteriormente vuelve a quedar en situación legal de desempleo dentro del periodo de seis meses disponible para solicitar el subsidio.

Por eso, si has trabajado después del retorno, es recomendable revisar tu situación concreta antes de determinar qué prestación corresponde.

¿Qué ocurre si tienes más de 52 años?

Las personas emigrantes retornadas que tienen 52 años o más pueden encontrarse en una situación diferente si cumplen los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años.

Esta prestación tiene sus propias condiciones, entre ellas cumplir los requisitos de cotización necesarios para una futura pensión contributiva de jubilación y acreditar determinados periodos de cotización por desempleo.

Por eso, alcanzar los 52 años no significa simplemente cobrar una cuantía mayor dentro del subsidio para emigrantes retornados. Hay que comprobar si existe derecho a la prestación específica prevista para esa edad.

¿Cuándo se cobra el subsidio?

El SEPE abona el subsidio por mensualidades de 30 días.

Con carácter general, el pago se realiza entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponde la prestación, mediante ingreso en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria.

Salvo las excepciones contempladas por el SEPE, el solicitante debe ser titular de la cuenta en la que recibe el pago.

Volver a España no da automáticamente derecho al subsidio

El subsidio para emigrantes retornados está pensado para una situación muy concreta. No basta con haber vivido en otro país o regresar a España después de una temporada fuera.

Hay que tener nacionalidad española, haber trabajado durante el periodo mínimo exigido en alguno de los países incluidos en este régimen, acreditar oficialmente la condición de emigrante retornado, no tener derecho a la prestación contributiva y cumplir el límite de rentas.

Además, desde la reforma de los subsidios es importante tener presentes los nuevos plazos: puede solicitarse desde el retorno, dispone de un máximo de seis meses para presentar la solicitud y se reconoce por periodos trimestrales hasta alcanzar un máximo de 18 meses.

Si quieres conocer otras prestaciones disponibles durante una situación de desempleo, puedes consultar nuestra guía sobre ayudas para desempleados.

Y si durante un periodo sin empleo necesitas afrontar un gasto puntual, antes de solicitar financiación conviene revisar todas las ayudas públicas a las que tengas derecho y valorar tu capacidad de devolución. También puedes consultar las condiciones de los préstamos rápidos de Dineo.

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