Cómo prestar dinero entre particulares: claves y consejos

24 de junio de 2026

Un amigo que pasa por un mal momento. Un hijo que necesita la entrada de un piso. Una hermana que va justa este mes. Prestar dinero entre personas de confianza es de las cosas más naturales que existen, y al mismo tiempo una de las que más líos genera cuando se hace mal: no por mala fe, sino por desconocimiento de cómo lo trata Hacienda.

La buena noticia es que es completamente legal y, hecho con un mínimo de orden, no tiene por qué traer ningún disgusto. La mala noticia es que «un mínimo de orden» significa más de lo que la mayoría de la gente cree, y conviene saberlo antes de mover el dinero, no después.

¿Qué es exactamente un préstamo entre particulares?

Un préstamo entre particulares es un acuerdo privado entre dos personas, familiares, amigos o conocidos donde una presta una cantidad de dinero a la otra a cambio de devolverlo en un plazo pactado. No interviene un banco ni una empresa financiera, y por eso la relación suele basarse en la confianza.

Pero ojo: Aunque no haya bancos de por medio, sigue siendo un contrato como cualquier otro, con obligaciones, derechos y responsabilidades legales. La Agencia Tributaria reconoce este tipo de acuerdos, y de hecho recomienda documentarlos para evitar confusiones o sanciones. Así que sí: prestar dinero entre particulares no es solo “toma, ya me lo devuelves cuando puedas”. Es algo serio y requiere un mínimo de organización.

¿Es algo legal en España?

Sí, sin matices: es un contrato privado perfectamente válido. El punto delicado no es la legalidad de la operación, sino cómo la interpreta Hacienda si no queda bien documentada. Y aquí conviene ser claros sobre algo que mucha gente no sabe: desde 2025, el criterio reforzado por el Tribunal Supremo es que la carga de la prueba recae en quien recibe el dinero. No es Hacienda quien tiene que demostrar que fue una donación; eres tú quien tiene que demostrar que fue un préstamo real, con intención de devolución y con pruebas de que esa devolución se está produciendo.

Esto cambia bastante el enfoque. No se trata solo de «hacerlo bien para evitar líos», sino de entender que, si Hacienda inspecciona la operación, el peso de la prueba está de tu lado.

prestar dinero

¿Es recomendable prestar dinero a familiares o amigos? Pros y contras

Prestar dinero no es ni bueno ni malo: depende de cómo se haga. Aquí tienes una mirada honesta.

Ventajas

  • Flexibilidad total: acordáis plazos, cuotas y condiciones que os vengan bien.
  • Normalmente sin intereses: especialmente entre familia.
  • Sin burocracia excesiva: un contrato privado es suficiente.
  • Rápido y accesible: ayuda inmediata cuando la persona lo necesita.

Desventajas

  • Riesgo de impago: incluso con buenas intenciones, cualquiera puede tener problemas.
  • Tensiones personales: el típico “es que no me quiere pagar” o “ya no hablamos como antes”.
  • Falta de garantías: sin contrato, reclamar es complicadísimo.
  • Problemas fiscales: si no se declara, Hacienda puede interpretarlo como donación y multar.
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Cómo prestar dinero entre particulares paso a paso

Aquí empieza la parte más práctica: un manual para que no te saltes nada importante

Hablar con transparencia (antes de mover dinero)

Antes de pensar en contratos o transferencias, lo primero es tener una conversación clara. Es el paso más emocional y a veces el más difícil.

Hablad de:

  • cuánto dinero se necesita
  • por qué lo necesita
  • cuándo lo va a devolver
  • si será en cuotas o en un pago único
  • qué ocurre si no puede pagar un mes
  • si habrá intereses (o no)

Evitar frases como “ya veremos”, “cuando puedas”, “como tú veas”… Esas frases tan bonitas crean confusión y acaban en disgustos.

Firmar un contrato de préstamo entre particulares

Es el corazón del proceso, y no debería faltar nunca.
Un contrato es un gesto de responsabilidad, no de desconfianza.

Este contrato debe incluir:

  • Datos de ambas personas (nombre, DNI y dirección).
  • Cuánto se presta.
  • Cuándo se entrega el dinero.
  • En cuántos pagos se devolverá.
  • Intereses (si los hay).
  • Qué ocurre si hay retrasos.
  • Firmas de ambas partes.

No necesitas un abogado ni un notario: puedes hacerlo en un simple documento de Word. Cada uno se queda con una copia.

Declararlo ante Hacienda: modelo 600

Importantísimo y casi siempre olvidado.

La Agencia Tributaria exige que los préstamos entre particulares se declaren mediante el modelo 600.
Es gratis, sirve para registrar el acuerdo, y evita que Hacienda piense que estás haciendo una donación (las donaciones sí tributan).

En el modelo indicas:

  • que es un préstamo
  • si tiene intereses o no
  • las personas implicadas

Así tienes la operación respaldada legal y fiscalmente.

Transferencia bancaria: nada de efectivo

El dinero debe moverse por transferencia, nunca en mano. La transferencia actúa como prueba.

Muy importante: Pon en el concepto algo claro, por ejemplo: Préstamo entre particulares según contrato firmado 12/01/2026

Guardar justificantes

Puede parecer pesado, pero guarda:

  • contrato firmado
  • copia del modelo 600
  • transferencia del dinero
  • cada pago que haga la otra persona

Cumplir con el calendario pactado

Parece obvio, pero aquí fallan muchas personas. Tanto el que presta como el que devuelve deben respetar lo acordado.

Si hay dificultades, lo mejor es hablarlo cuanto antes para renegociar plazos sin tensiones.

¿Se pueden cobrar intereses en un préstamo entre particulares?

Sí, es completamente legal.
El interés lo decidís entre vosotros.

Opciones habituales:

  • 0 %: lo más común entre familiares.
  • interés bajo: por ejemplo, un 3 % anual.
  • interés simbólico: para que Hacienda vea que es préstamo y no donación.

Ojo con los intereses abusivos

La Ley Azcárate establece que intereses desproporcionados pueden considerarse usura.
Ejemplo: pedir un 40 % anual a un amigo sería ilegal.

Lo normal y razonable es:

  • o cobrar 0 %
  • o cobrar un interés moderado

¿Qué pasa si no me devuelven el dinero?

(La parte que nadie quiere imaginar, pero hay que explicar)

Si hay retraso o impago, la forma de actuar depende de si tienes contrato o no.

Si tienes contrato firmado

  1. Habla con la otra persona.
  2. Si no responde: envía reclamación escrita.
  3. Si sigue sin pagar: envía un burofax.
  4. Último recurso: demanda civil de reclamación de cantidad.

Con contrato y transferencia, la ley está de tu parte.

Si NO tienes contrato (mal asunto)

Casi imposible reclamar.
Tu palabra contra la suya.
Tendrás dificultades para demostrar que era un préstamo y no un regalo.

Preguntas frecuentes sobre prestar dinero entre particulares

¿Tengo que declarar un préstamo aunque sea a mi hijo o a mi pareja?
Sí. Hacienda no hace distinciones por el grado de cercanía: un préstamo entre padres e hijos se trata exactamente igual que uno entre amigos. De hecho, son precisamente los préstamos familiares los que más atención reciben en las inspecciones recientes, porque es donde con más frecuencia el dinero nunca llega a devolverse de forma documentada.

¿Qué pasa si Hacienda decide que en realidad fue una donación?
Tendrás que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuyo importe depende de la comunidad autónoma y del grado de parentesco, además de los recargos correspondientes por no haberlo declarado en plazo. Es la consecuencia que se intenta evitar precisamente documentando bien la operación desde el principio.

¿Puedo prestar dinero sin intereses sin ningún problema?
Sí, es la opción más habitual entre particulares. Pactar un interés del 0% es perfectamente legal, pero conviene dejarlo escrito de forma expresa en el contrato: la Agencia Tributaria presume un interés de mercado salvo que se demuestre lo contrario, y la prueba más sólida de que el préstamo es gratuito es precisamente ese contrato declarado mediante el modelo 600.

¿Cuánto puedo prestar sin que Hacienda se fije?
No existe una cuantía «segura» por debajo de la cual no haga falta declarar: legalmente, da igual que sean 500 euros o 50.000. Lo que cambia es la probabilidad de que pase desapercibido, no la obligación legal. Además, las transferencias a partir de 6.000 euros pueden quedar señaladas para revisión según la normativa de prevención de blanqueo de capitales, así que cuanto mayor sea la cantidad, más importante es tenerlo todo bien documentado desde el primer día.

¿Quién tiene que presentar el modelo 600, el que presta o el que recibe?
Lo presenta el prestatario, es decir, quien recibe el dinero, ante la Hacienda autonómica de su domicilio. Es un matiz que se confunde con frecuencia y que conviene tener claro antes de dar por hecho que «ya se encarga el otro».

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Escrito por...
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